Sábado, 19 Mayo 2012

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Aplicarán multas a los padres de 4 menores que se encontraban en un boliche

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Se aplicarán las sanciones previstas por la nueva ley de diversión nocturna

 

En un operativo que se realizó el último viernes en conjunto con la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia y la Dirección de Relaciones con la comunidad del Ministerio de Seguridad, personal de la Dirección de Juventud identificó cuatro menores en locales bailables en horarios no permitidos. También, se dispuso el cese de actividades en dos sitios de diversión, por desvirtuación de rubro, y por sobrepasar el factor ocupacional.

 

Una vez identificados por personal de Dinaf, los jóvenes fueron retirados por sus padres, quienes deberán enfrentar sanciones por permitir que su hijo o hija menor de edad se encontrara en un sitio de diversión nocturna para mayores de 18 años.

 

En cada uno de los casos los padres deberán abonar una multa que va de los $1.000 a los $3.000 o la realización de tareas socio comunitarias, y en el caso puntual del propietario del local dentro del cual fueron hallados los adolescentes, deberá saldar una multa que va desde los $5.000 hasta los 25.000 pesos o cumplir 15 días de arresto.

 

En el caso de reincidencia las penas aumentan tanto para padres como para empresarios de la noche: de $ 3.000 a 5000 pesos o 10 días de arresto para los progenitores, y el pago de entre $25.000 hasta 50.000 pesos y la clausura definitiva del local.

 

Una vez labradas las actas correspondientes, las mismas son enviadas al juez de falta, quien decidirá las sanciones que le caben a padres y encargados de los locales. Lo mismo sucederá con las sanciones que le caben a los otros dos lugares de diversión nocturna, tanto por sobrepasar el factor ocupacional como por desvirtuación de rubro.

 

Cabe destacar que durante el 2011 se labraron más de 800 actas de infracción, teniendo como principales causas: desvirtuación de rubro, factor ocupacional del local excedido e incumplimiento en cuanto a los horarios que fija la nueva ley de Diversión Nocturna.

 

La nueva normativa que riga la noche mendocina fue aprobada en abril del año pasado, y se sancionó con la idea de perfeccionar la que se encontraba en vigencia hasta ese momento.

 

La nueva ley de Diversión Nocturna estipula que el horario de cierre de los boliches debe ser a las 6.30, pero sólo se permite entrar hasta las 2.30. La venta de alcohol continúa restringida hasta las 4.30.

 

Sin embargo, la modificación más importante que tiene la ley es la responsabilidad que se les atribuye a los padres por las acciones de sus hijos. “Los padres o representantes legales de los menores de edad que ingresen, concurran o permanezcan en un local o evento cuyo acceso les esté prohibido, cuando se demuestre falta de vigilancia o cuidado, serán castigados con multa de $1.000 a $3.000 o su equivalente en el cumplimiento efectivo de tareas sociales en la prevención de riesgos vinculados con la diversión nocturna de los jóvenes, bajo la supervisión de la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento”, dice la ley. Si hay reincidencia, la multa llega a los 5 mil pesos.

 

Fuente: Diario Vox Populi

 

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